¿Cómo registrar un apartamento turístico en España según tu comunidad autónoma?

En España, para alquilar legalmente un apartamento turístico es obligatorio inscribirlo en el registro correspondiente y obtener el número de registro turístico. Esta obligación está regulada por las comunidades autónomas, cada una con sus normas y procedimientos propios.

Desde 2024-2025, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) está impulsando la Ventanilla Única Digital (VUD) para simplificar y centralizar parte del proceso, mejorar la transparencia y controlar la oferta de alquiler turístico de corta duración.

En este documento se explica cómo registrar tu apartamento turístico paso a paso, los requisitos generales y las diferencias por comunidad autónoma.

¿Por qué registrar tu apartamento turístico?

La normativa exige a los propietarios registrar sus viviendas turísticas para:

  • Garantizar la seguridad de los huéspedes.
  • Proteger los derechos de los consumidores.
  • Controlar el mercado y evitar la competencia desleal con el alquiler residencial.
  • Permitir la fiscalización de la actividad y evitar el fraude.

No hacerlo puede suponer sanciones que varían entre comunidades, pero que pueden superar fácilmente los 3.000 o incluso 30.000 euros en casos graves (como reincidencia o alquiler sin licencia en zonas prohibidas).

Requisitos generales en España

Aunque cada comunidad autónoma regula su propio procedimiento, hay requisitos comunes que suelen exigirse en toda España:

  • Declaración responsable o solicitud formal ante la administración autonómica.
  • Cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación.
  • Certificado de eficiencia energética.
  • Seguro de responsabilidad civil.
  • Plan de evacuación o medidas de seguridad, en su caso.
  • Comunicación de datos de huéspedes a la policía (libro-registro de viajeros).
  • Cumplimiento de requisitos mínimos de mobiliario y equipamiento.

Con la nueva Ventanilla Única Digital (VUD) se pretende que buena parte de la documentación pueda tramitarse y gestionarse online, aunque cada comunidad autónoma sigue teniendo sus propias competencias y requisitos adicionales.

La Ventanilla Única Digital (VUD)

El MIVAU lanzó en 2024-2025 la Ventanilla Única Digital para alojamientos turísticos como un sistema centralizado para:

  • Presentar y gestionar documentación en un único punto.
  • Evitar duplicidades de trámites.
  • Mejorar la coordinación entre Estado y comunidades autónomas.

El objetivo es que, progresivamente, todas las comunidades autónomas integren sus registros y controles con la VUD, facilitando la inscripción y mejorando la transparencia del mercado. Actualmente, varias comunidades ya se están adaptando para exigir o permitir la presentación de documentación a través de la VUD.

¿Cómo registrar un apartamento turístico en tu comunidad autónoma?

A continuación, un resumen de los principales requisitos por comunidad autónoma (pueden variar ligeramente en cada municipio).

Andalucía

  • Declaración responsable ante la Junta de Andalucía.
  • Alta en el Registro de Turismo de Andalucía.
  • Número de registro obligatorio para anunciarse.
  • Obligatorio seguro de responsabilidad civil y cumplimiento de requisitos mínimos.
  • Desde 2025, integración progresiva con la VUD para parte de la documentación.

Comunidad Valenciana

  • Declaración responsable ante la Generalitat Valenciana.
  • Alta en el Registro de Viviendas Turísticas de la Comunidad Valenciana.
  • Certificado de eficiencia energética y licencia de ocupación.
  • Comunicación al ayuntamiento si la normativa local lo exige.
  • Proceso en adaptación a la VUD.

Cataluña

  • Comunicación previa al ayuntamiento para obtener el número de HUT (Habitatge d’Ús Turístic).
  • Cumplimiento de requisitos técnicos y medidas mínimas.
  • Código de registro obligatorio en anuncios.
  • Algunas zonas tienen limitaciones de nuevas licencias.

Madrid

  • Declaración responsable en la Comunidad de Madrid.
  • Inscripción en el Registro de Viviendas de Uso Turístico (VUT).
  • Requisitos de accesibilidad y seguridad.
  • Obligación de comunicar partes de viajeros a las fuerzas de seguridad.

Islas Baleares

  • Necesaria licencia previa concedida por el Consell Insular.
  • Inscripción en el registro autonómico.
  • Cupos limitados y tasas elevadas (modelo de crecimiento sostenible).
  • Normativa muy estricta en zonas tensionadas o saturadas.

Canarias

  • Declaración responsable ante el Gobierno de Canarias.
  • Alta en el registro autonómico.
  • Cumplimiento de normas de accesibilidad y seguridad.
  • Restricciones municipales en determinadas zonas residenciales.

Otras comunidades autónomas

  • Todas las comunidades cuentan con sus propios registros y normas (Galicia, País Vasco, Murcia, Aragón, Castilla y León, Extremadura, etc.).
  • En general exigen declaración responsable, seguro, comunicación de datos de viajeros y cumplimiento de requisitos básicos de habitabilidad.
  • Varias se encuentran en proceso de integración con la VUD.

Consejos para propietarios

  1. Consulta la normativa específica de tu comunidad autónoma y ayuntamiento.
  2. Reúne con antelación los documentos exigidos (cédula, certificado energético, seguro).
  3. Infórmate sobre tasas o limitaciones de licencias (algunas zonas tienen cupos).
  4. Cumple con la obligación de registrar a los huéspedes en la policía.
  5. Considera usar servicios profesionales para tramitar la inscripción y evitar errores.
  6. Declara tus ingresos por alquiler turístico en Hacienda.

Conclusión

Registrar un apartamento turístico en España es un paso obligatorio para operar legalmente y evitar sanciones. Aunque el proceso varía según la comunidad autónoma, la nueva Ventanilla Única Digital (VUD) busca simplificarlo y centralizar buena parte de los trámites.

Si eres propietario y necesitas ayuda para gestionar el registro, preparar la documentación o cumplir con la normativa, existen servicios profesionales que pueden encargarse de todo por ti.

¡Te ayudamos a obtener tu número de registro!

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio